Como Administración más cercana al ciudadano, el Ayuntamiento de Isla Mayor persigue fomentar todas aquellas acciones
que repercutan en una mejor calidad de vida de sus vecinos, atendiendo especialmente a la ocupación del tiempo libre y la
protección del medio ambiente.
Con la puesta a disposición de los Huertos Urbanos de Ocio se pretende que un sector importante de la población,
especialmente personas mayores, personas en exclusión social, y jóvenes, que en la mayoría de los casos cuenta con
mucho tiempo libre, adopte una actitud activa para ocupar el mismo, ya que el aprovechamiento de los huertos se ha
revelado como una excelente terapia ocupacional y de ocio de las personas mayores, proporcionándoles espacios libres
alternativos que les permiten realizar actividades en contacto con la naturaleza que resultan beneficiosas para la salud física
y mental, a la vez que fomenta una alimentación saludable, mejorando así su calidad de vida.
En definitiva se pretende, además de propiciar una alternativa de disfrute y entretenimiento personal para los adjudicatarios
de los huertos, que podrán cultivar de manera tradicional diversos productos hortícolas para su autoconsumo, el fomento de
valores sociales como son la sensibilización ambiental, el respeto hacia el entorno, el desarrollo sostenible dentro de la
ciudad, la gestión racional de recursos, la alimentación sana, el consumo responsable, la participación ciudadana, etc.
Este Reglamento tiene por objeto ordenar las actividades que se realizan en los Huertos Urbanos de Ocio, determinando las
obligaciones y los derechos, tanto del Ayuntamiento como de los usuarios de los Huertos, la forma de acceder a los mismos,
su organización interna y ciertas reglas sobre los cultivos; siempre en consonancia con el objetivo primordial de mejorar la
calidad de vida de nuestros vecinos. Con ello, se da soporte jurídico al uso y disfrute de dichos espacios, teniendo en cuenta
el tipo de bie nes pertenecientes al Ayuntamiento que se ponen a disposición de los destinatarios.
El presente Reglamento se estructura en 11 títulos, con un total de 49 artículos, una disposición adicional, una disposición
derogatoria y una disposición final.
PODEIS DESCARGAROS EL REGLAMENTO COMPLETO AQUI.