Saltar navegación

Ayudas extraordinarias del gobierno a agricultores

Ayudas extraordinarias del gobierno a agricultores

30/03/2026

Publicada una primera relación parcial de más de 140.000 potenciales beneficiarios de las ayudas extraordinarias para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas por las borrascas

SE ADJUNTA EL LISTADO AL FINAL DEL TEXTO

En la sede electrónica del FEGA se han publicado una Primera Relación parcial con 140.559 potenciales beneficiarios de las ayudas extraordinarias para compensar la pérdida de renta como consecuencia de los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, establecidas por Real Decreto – ley 5/2026 de 17 de febrero.

Esta relación es meramente informativa y no supone en modo alguno el reconocimiento de un derecho de ayudas, no generando derechos económicos.

Los interesados que aparecen en esta primera relación parcial deben de renunciar o aceptar expresamente la ayuda. La aceptación implicará la declaración responsable de que la ayuda a percibir no excede del valor de los daños sufridos como consecuencia del desastre natural o del acontecimiento de carácter excepcional previsto por esta ayuda.

En caso de no aceptar expresamente, se entenderá que el interesado renuncia a la ayuda.

El plazo para la renuncia o aceptación expresa se iniciará el 7 de abril, durante un plazo de 15 días hábiles (hasta el 27 de abril inclusive). Solo se podrá realizar por medios electrónicos en la sede electrónica del FEGA (https://www.sede.fega.gob.es/)

PUBLICACIÓN OFERTAS ACTIVA T
Nombre Tamaño Tipo
Relación provisional con requisitos preaceptados 13.007,56 KB