CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE UN PROYECTO DE NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA.

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE UN PROYECTO DE NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA.

10/11/2016

 

 CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE UN PROYECTO DE NUEVA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA

 

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de ordenanza, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web del Ayuntamiento de Isla Mayor, en la que se recabará la opinión de los vecinos y vecinas y de las organizaciones y asociaciones de nuestro municipio potencialmente afectados por la futura Ordenanza Municipal Reguladora de la Seguridad y Convivencia ciudadana.

 

 

En cumplimiento de lo anterior, los interesados e interesadas , podrán manifestar sus opiniones sobre los aspectos o asuntos que debería recoger esta ordenanza municipal o dar a conocer situaciones reales de nuestro municipio que consideren deben ser reguladas por la misma, por razones de salubridad, higiene , seguridad, ornato público, etc. , hasta el 21 de noviembre de 2.016, a través del siguiente buzón de correo electrónico: radioisla@islamayor.es o presentarlas por escrito en el Registro General de este Ayuntamiento.

 

 

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ANTECEDENTES DE LA NORMA

La apoyatura jurídica de la presente Ordenanza encuentra su antecedente, en primer lugar, en la autonomía municipal acuñada por nuestra Carta Magna en su artículo 137 y por la Carta Europea de Autonomía Local, en relación con las colectividades previstas en los artículos 140 y 141 de nuestra Constitución.

Posteriormente los artículos 139 a 141 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local recoge un título competencial en virtud del cual se establece la posibilidad de que los Ayuntamientos puedan establecer los tipos de infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de deberes, prohibiciones o limitaciones para la adecuada ordenación de las relaciones sociales de convivencia de interés local.

OBJETIVOS DE LA NORMA

La potestad reglamentaria municipal es un instrumento para encauzar las reglas del juego de la convivencia ciudadana. No es posible forjar un estadio de seguridad y civismo donde la convivencia esté ausente. Es objetivo primordial de esta Ordenanza preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio y recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los demás y a la pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas.

PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR CON LA NUEVA ORDENANZA

Corregir conductas incívicas en el espacio público en cuanto a limpieza de la red viaria y de otros espacios libres, respetando el derecho de los demás a disfrutarlos. Evitar la degradación visual del entorno urbano, así como su uso impropio. Mitigar el coste económico de los daños y educar y sensibilizar con la implementación de instrucciones del Alcalde/sa, los agentes cívicos-sociales, educadores/as, denuncias ciudadanas, etc. Mayor difusión pública para un mejor conocimiento de las normas de convivencia que han de conseguir que Isla Mayor sea un pueblo donde vivir mejor.

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NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN

Para una mayor seguridad jurídica, resulta necesario acometer un desarrollo reglamentario que detalle y concrete algunos aspectos de la seguridad y convivencia ciudadana como medio vertebrador y armonizador que equilibra lo que se ha venido en denominar “ más calidad, más vida “y evite dudas interpretativas sobre su aplicación y alcance. Se hace necesario, cada vez más, dotar de los instrumentos idóneos a los garantes de la protección de los derechos, libertades y seguridad ciudadana así como la intercomunicación entre los cuerpos de seguridad de las distintas esferas de la Administración Pública, con respeto a su autonomía, que operan en un mismo territorio.